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Modificación de los Estatutos del Radioclub - De la elección de los Directores PDF Imprimir E-mail
Escrito por Radioclub Temuco   
Sábado, 28 de Mayo de 2011 20:58
Indice del artículo
Modificación de los Estatutos del Radioclub
De las Asambleas Generales
De los Socios
Del Directorio
De la elección de los Directores
De los Directores
De las Reformas de los Estatutos o Disolución del Club
Todas las páginas

 

 

De la elección de los Directores

Artículo 24º.- Para ser elegido miembro del Directorio se requiere:

  1. Ser socio activo y tener una antigüedad mínima de seis meses;

  2. Estar al día en el pago de sus cuotas.

Artículo 25º.- El Directorio será elegido en la última Asamblea General Ordinaria de cada año y durará un año en sus funciones, pudiendo ser reelegido por períodos iguales, la totalidad de sus componentes.

Artículo 26º.- El voto será secreto e individual, y para este efecto, cada socio podrá votar por una sola persona.

Artículo 27º.- La elección se hará por mayoría absoluta de los asistentes, y en el siguiente orden:

1º.- Presidentes; 2º.- Vicepresidentes; 3º Secretarios; 4º Pro secretario; 5º Tesorero; 6º Pro tesorero; y 7º Director.

Artículo 28º.- La primera votación, si ninguno de los candidatos obtuviere mayoría absoluta, se hará una segunda votación en iguales condiciones.

Artículo 29º.- Si en la segunda votación tampoco resultara un candidato con la mayoría absoluta de los votos, se procederá a una tercera votación, en la cual solamente podrán participar las dos personas que hayan las mas altas mayorías relativas en la votación precedentes.


Artículo 30º.- Finalmente, en caso de empate decidirá la suerte.

Artículo 31º.- Los votos en blanco se considerarán sin validez y no se acumulará, a favor de la más alta mayoría relativa.

Artículo 32º.- El nuevo Directorio se constituirá y empezará a ejercer sus funciones desde el momento de su elección.

 

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